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De aislamiento penal extremo al “delito de pertenencia”: Las enmiendas clave de la reforma de Arrau PAÍS Agencia Uno

De aislamiento penal extremo al “delito de pertenencia”: Las enmiendas clave de la reforma de Arrau

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Carlos Saldivia
Por : Carlos Saldivia Periodista de El Mostrador
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La reforma que trabaja Martín Arrau modificaría entre 10 y 12 artículos e incluye un registro de organizaciones criminales, un quinto estado de excepción, regímenes penitenciarios diferenciados, interceptación de comunicaciones sin orden judicial previa y pérdida de beneficios sociales.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
El Gobierno prepara una reforma constitucional acotada para dar soporte a su agenda contra el crimen organizado y el terrorismo. El borrador contempla 11 modificaciones, entre ellas consagrar la seguridad pública como deber estatal, crear un registro de organizaciones criminales, establecer un delito de pertenencia, habilitar regímenes penitenciarios diferenciados, facilitar la incautación de bienes y crear un nuevo estado de excepción. Juristas cuestionan especialmente las normas destinadas a blindar estas medidas frente a recursos de amparo y al control del Tribunal Constitucional.
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Incorporar al último inciso del artículo 1 el “deber” del Estado de resguardar la seguridad pública —una nomenclatura poco conocida—; agregar al artículo 19 un párrafo que habilite la creación de un Registro de Organizaciones Criminales y Terroristas; modificar el número 2 del mismo artículo y crear un nuevo artículo 9° bis para establecer regímenes penitenciarios diferenciados y blindarlos frente a impugnaciones por arbitrariedad; y reformar el número 24 para facilitar la incautación preventiva y liquidación del patrimonio delictual. Estas son algunas de las propuestas constitucionales en las que trabaja el ministro de Seguridad Pública, Martín Arrau, junto con un equipo de abogados constitucionalistas y parte del Segundo Piso.

En el entorno del secretario de Estado sostienen que el “proyecto de reforma constitucional acotada” modifica “entre 10 y 12 artículos” de la Carta Fundamental. En el Partido Republicano, en tanto, hablan de 11 modificaciones y habilitaciones constitucionales con las que el Ejecutivo busca aprobar en el Congreso —si reúne los votos— su agenda de seguridad contra el crimen organizado, sin que sus disposiciones terminen en el Tribunal Constitucional (TC).

La reforma servirá como soporte de un plan legislativo más amplio. La batería contra la delincuencia impulsada por Arrau comprende cerca de 35 proyectos de ley. La mayoría está en el Congreso a la espera de indicaciones o vetos sustitutivos, mientras otras iniciativas ingresarán durante los próximos meses.

El borrador enfrenta fuertes críticas debido a lo que los republicanos denominan “su diseño orientado a eludir el garantismo” de los tribunales chilenos. El aspecto más polémico sería la modificación del artículo 19, destinada a blindar determinadas medidas frente a recursos de amparo.

A esto se suma el nuevo “Estado de excepción de seguridad pública”, diseñado para intervenir barrios o “polígonos” específicos. La propuesta contempla toques de queda diferenciados para menores de edad, apoyo militar bajo mando policial e interceptación de comunicaciones sin orden judicial previa. Esta última facultad ha sido cuestionada por juristas, quienes advierten el riesgo de que “lo excepcional se vuelva cotidiano”.

El proyecto también establece que los regímenes penales extremos “en ningún caso se considerarán arbitrarios” y que las restricciones “no afectan los derechos en su esencia”. Abogados advierten que esta fórmula anula los contrapesos del TC y crea un precedente que permitiría a futuras mayorías restringir libertades.

Otro nudo crítico es la pérdida de beneficios sociales. Según el diseño en evaluación, quienes sean condenados por narcotráfico o terrorismo podrían perder durante un máximo de diez años determinadas prestaciones y beneficios sociales, incluidos los relacionados con educación superior, fomento laboral o previsión.

Aunque el equipo legislativo ha mantenido bajo reserva el borrador, el texto ha sido socializado con parlamentarios, abogados constitucionalistas y especialistas en materias penitenciarias. Su ingreso formal está programado para la próxima semana. Fuentes cercanas a Arrau señalan que la obra gruesa de la propuesta estaría compuesta por las siguientes enmiendas:

Consagración de la seguridad pública en el artículo 1.
La propuesta incorpora en el último inciso del artículo 1 el deber del Estado de resguardar la “seguridad pública” junto con la “seguridad nacional”. Para el Segundo Piso, el cambio operará como un principio rector que guíe el criterio de jueces, fiscales y legisladores.

Registro Nacional de Organizaciones Criminales y Terroristas.
Para resolver la dificultad de acreditar en cada juicio la existencia de una banda criminal, la reforma incorpora un párrafo en el artículo 19 que habilita la creación de este registro. Según explican a El Mostrador, con ello el Ministerio Público ya no tendrá que “probar desde cero” la existencia de una organización en cada juicio individual, como ocurre al intentar demostrar judicialmente que el Tren de Aragua existe.

Consagración constitucional del “delito de pertenencia”.
Vinculada con el registro, la reforma establece esta figura penal. La sola pertenencia activa a una organización formalmente registrada constituirá un delito autónomo de alta gravedad, lo que facultará al Estado para perseguir penalmente a sus integrantes por su membresía activa.

Regímenes penitenciarios diferenciados y aislamiento extremo.
El proyecto modifica el número 2 del artículo 19 y crea un nuevo artículo 9° bis para habilitar regímenes de reclusión diferenciados y aislamiento riguroso destinados a líderes de organizaciones criminales. Su consagración constitucional busca blindar estas medidas frente a eventuales recursos de amparo por supuesta discriminación arbitraria o trato desigual.

Herramientas expeditas para la pérdida del patrimonio delictivo.
La iniciativa reforma el número 24 del artículo 19 para facilitar la incautación preventiva y la liquidación rápida de bienes y activos financieros vinculados con organizaciones ilícitas.

Modificación del rol de las Fuerzas Armadas.
Conocedores del texto explican que se propondría modificar el capítulo constitucional de las Fuerzas Armadas para establecer que estas podrán apoyar a las instituciones encargadas de la seguridad pública.

Creación de un quinto estado de excepción constitucional.
La reforma introduce el “Estado de excepción constitucional de seguridad pública”. En algunas entrevistas, Arrau ha sostenido que las herramientas actuales quedaron obsoletas porque fueron diseñadas para enfrentar desórdenes masivos o catástrofes naturales. El nuevo régimen, en cambio, apunta a combatir el crimen organizado y el terrorismo en zonas específicas.

Aplicación del estado de excepción en zonas acotadas.
La enmienda faculta al Presidente para decretar el estado de excepción de seguridad pública en territorios reducidos y delimitados, denominados “polígonos” o barrios capturados, en lugar de aplicarlo a regiones completas.

Interceptación de telecomunicaciones sin orden judicial previa.
Entre las facultades del nuevo estado de excepción, se habilita constitucionalmente a las policías para interceptar telecomunicaciones de manera directa dentro de la zona delimitada y durante el operativo. Esta atribución suspende temporalmente el control judicial previo para agilizar las diligencias investigativas.

Pérdida de beneficios sociales e inhabilidades.
La propuesta crea un paraguas constitucional que faculta al legislador para retirar determinados beneficios económicos o sociales entregados por el Estado —como subsidios de transporte o gratuidad en la educación superior— a quienes sean condenados por delitos asociados con el crimen organizado o el terrorismo. La habilitación busca proteger las futuras leyes frente a impugnaciones por discriminación o vulneración de la igualdad ante la ley.

Test de drogas para altas autoridades.
El proyecto obliga a las altas autoridades del Estado a someterse a exámenes destinados a detectar el consumo de drogas, como el test de pelo. Con ello se busca consagrar constitucionalmente la incompatibilidad de la narcodependencia con el ejercicio de cargos públicos.

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