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Ordenan mantener prisión preventiva para Martín Pradenas BRAGA

Ordenan mantener prisión preventiva para Martín Pradenas

El imputado por delitos sexuales se mantendrá en el Complejo Penitenciario de Valdivia a la espera de un nuevo juicio oral, que comienza en marzo. Cabe recordar que el primer juicio fue anulado por la Corte Suprema, dejando sin efecto la pena de 20 años a la que había sido condenado Pradenas.


Durante esta mañana el Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco resolvió mantener en prisión preventiva al acusado por delitos sexuales, Martín Pradenas.

De acuerdo a la información que se conoce hasta el momento, los magistrados estimaron que no hay variación en los antecedentes de la causa, por lo que decidieron mantener la medida cautelar para el imputado, quien enfrenta cargos por dos delitos de violación de mayor de 14 años, cuatro delitos de abuso sexual de mayor de 14 y un delito de abuso sexual de menor de 14 años, perpetrados entre 2010 y 2019.

Cabe mencionar que el primer juicio, en donde se condenó a 20 años de prisión efectiva a Pradenas, la Corte Suprema lo anuló, ya que el juez redactor, Leonel Torres Labbé, compartió comentarios en redes sociales sobre el imputado.

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A lo anterior, se suma que la preparación del nuevo juicio ha experimentado varios cambios en sus jueces. Por ejemplo, el magistrado Jorge González Salazar, fue inhabilitado, porque se dio a conocer la estrecha relación de amistad que mantenía con el defensor de Pradenas.

Por otro lado, la profesional designada para presidir el juicio oral, Patricia Abollado, también se inhabilitó argumentando falta de imparcialidad, debido a que habría compartido en sus redes sociales noticias, comentarios y otras informaciones del caso.

El imputado se mantiene en el Complejo Penitenciario de Valdivia y se espera que el nuevo juicio contra Martín Pradenas comience el próximo 30 de marzo.

  • [*] Este artículo describe o contiene elementos de un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos o hechos sean desestimados al finalizar la investigación o el proceso, por lo cual NO se debe considerar al o los mencionados como imputados como culpables, o los hechos como fehacientes sino plausibles, hasta que la Justicia respectiva dicte sentencia.
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