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Fiscalía pide anular juicio del caso SQM y apunta a “razonamientos contradictorios” del fallo PAÍS Agencia Uno

Fiscalía pide anular juicio del caso SQM y apunta a “razonamientos contradictorios” del fallo

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La Fiscalía recurrió contra la sentencia que absolvió a los acusados del caso SQM. Claudia Perivancich sostuvo que el fallo contiene “razonamientos contradictorios” y vicios en su fundamentación. El recurso busca anular la sentencia respecto de siete acusados, entre ellos Longueira, Contesse y ME-O.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
El Ministerio Público presentó un recurso de nulidad contra la sentencia del caso SQM, cuestionando el voto de mayoría del Tercer TOP de Santiago. La fiscal Claudia Perivancich acusó infracciones legales y razonamientos que “van más allá de la lógica”. El CDE también recurrió, aunque solo respecto de las absoluciones de Pablo Longueira y Patricio Contesse.
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La Fiscalía Regional de Valparaíso presentó un recurso de nulidad contra la sentencia del caso SQM y solicitó que se anulen tanto el juicio como el fallo absolutorio respecto de siete de los acusados, entre ellos el exministro Pablo Longueira, el excandidato presidencial Marco Enríquez-Ominami y el exgerente general de SQM Patricio Contesse.

La fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, confirmó la presentación de la acción contra la resolución del Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago y cuestionó directamente los fundamentos utilizados por la mayoría de sus integrantes para absolver a los acusados.

“La Fiscalía Regional de Valparaíso ha interpuesto el día de hoy un recurso de nulidad dirigido en contra de la sentencia dictada por el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, que en veredicto del 22 de octubre del año 2025 determinó la absolución de todos los acusados llevados al juicio denominado SQM”, informó la persecutora.

El tribunal entregó el pasado 5 de agosto la sentencia, de 4.356 páginas, correspondiente al proceso iniciado hace más de una década por presuntos delitos relacionados con el financiamiento ilegal de la política.

Tras analizar el fallo, el Ministerio Público decidió impugnarlo al estimar que la resolución no cumple con las exigencias legales aplicables a la fundamentación de una sentencia.

“Interponemos este recurso de nulidad por entender que el tribunal en su voto de mayoría ha dictado esta resolución infringiendo las normas legales que exigen ajustarse a determinados requisitos en este momento de dictación de la sentencia”, explicó Perivancich.

La fiscal apuntó particularmente a la argumentación desarrollada por el tribunal y sostuvo que existirían contradicciones que afectarían los fundamentos de la absolución.

“El tribunal ha incorporado, entendemos, razonamientos contradictorios, algunos que van más allá de la lógica, de manera que lo que parece una fundamentación en definitiva no es tal por el conjunto de vicios en los cuales se ha incurrido”, afirmó.

El Ministerio Público espera ahora que el recurso sea declarado admisible y posteriormente enviado a la Corte de Apelaciones de Santiago.

“Esperamos entonces que el tribunal acoja a tramitación este recurso, lo envíe para su conocimiento a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago y en definitiva este resuelva la nulidad del juicio y de la sentencia”, sostuvo Perivancich.

La acción de la Fiscalía se dirige específicamente contra las absoluciones de Patricio Contesse, Pablo Longueira, Carmen Luz Valdivielso, Marcelo Rosas, Roberto León, Marco Enríquez-Ominami y Christian Warner.

El recurso del Ministerio Público se suma al presentado esta semana por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), querellante en la causa. En su caso, el organismo solicitó la nulidad parcial de la sentencia únicamente respecto de Longueira y Contesse, los dos acusados contra quienes se había querellado.

El fallo absolutorio no fue unánime. La jueza Carolina Paredes votó en contra de la decisión de absolver y estuvo por condenar.

En un recurso de 166 páginas, el CDE cuestionó distintos aspectos del razonamiento del tribunal. Entre ellos, objetó la decisión de considerar que los acusados no fueron juzgados dentro de un plazo razonable, argumentando que no se ponderó adecuadamente la complejidad de la investigación ni el volumen de prueba del proceso.

El organismo también alegó una “falta de congruencia” en la valoración de antecedentes sobre eventuales beneficios económicos recibidos por Longueira y sostuvo que el tribunal excluyó arbitrariamente “prueba lícita”, entre ella correos electrónicos obtenidos mediante órdenes judiciales.

Además, cuestionó la interpretación realizada por el tribunal sobre los delitos de corrupción y su valoración de antecedentes relacionados con la actuación de Longueira.

La defensa de Patricio Contesse rechazó la decisión del CDE. Su abogado, Samuel Donoso, sostuvo que “nos parece un contrasentido que, después de 11 años persiguiendo hechos que no son delito, después de casi tres años de juicio, el CDE quiera seguir gastando el dinero de los contribuyentes en un nuevo juicio oral”.

“Ello tiene un sesgo de persecución política claro”, agregó.

A los recursos ya presentados todavía podrían sumarse los restantes querellantes del caso, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Fundación Ciudadano Inteligente, que hasta ahora no han recurrido contra la sentencia.

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